- El autoconsumo será una de las piezas centrales de la reforma europea, que ampliará las obligaciones técnicas a millones de pequeñas instalaciones conectadas a la red.
- El nuevo reglamento también introduce normas para baterías y tecnología Vehicle-to-Grid (V2G), además de medidas destinadas a reforzar la estabilidad del sistema eléctrico.
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La Comisión Europea trabaja en una revisión del Código de Red sobre conexión de generadores, vigente desde 2016, con el objetivo de adaptar la normativa 7al crecimiento de las energías renovables, la generación distribuida y los sistemas de almacenamiento. El borrador del Reglamento Delegado amplía el alcance de las obligaciones técnicas y modifica los criterios aplicables a las instalaciones conectadas a la red eléctrica.
El documento menciona expresamente el apagón que dejó sin electricidad a España y Portugal el 28 de abril de 2025 como uno de los motivos para revisar la regulación. Según el texto, las conclusiones extraídas de aquel incidente «subrayan la necesidad de contar con requisitos técnicos robustos y armonizados para mejorar la resiliencia del sistema», junto al aumento del peso de las renovables y de la generación distribuida.
El autoconsumo asumirá nuevas obligaciones desde 0,8 kW
Uno de los cambios con mayor alcance afecta a las instalaciones de menor potencia, las de autoconsumo, clasificadas como generadores de Tipo A. Hasta ahora, gran parte de las exigencias recaían sobre plantas de dimensiones superiores, pero la propuesta amplía esas obligaciones a equipos mucho más pequeños por su creciente presencia en el sistema eléctrico.

La revisión reduce el umbral mínimo de aplicación del reglamento hasta los 0,8 kilovatios de potencia instalada. Al mismo tiempo, mantiene sin cambios los límites de las categorías superiores en la Europa continental: 1 MW para los generadores Tipo B, 50 MW para los Tipo C y 75 MW para los Tipo D.
Entre las capacidades exigidas figuran la permanencia en servicio durante determinadas alteraciones de tensión, la respuesta automática ante cambios de frecuencia, el soporte al control de tensión, la resistencia frente a sobretensiones y otras funciones destinadas a contribuir al funcionamiento de la red cuando se produzcan incidencias.
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Baterías y vehículos eléctricos entran por primera vez en el Código de Red
Además del autoconsumo, la propuesta incorpora por primera vez el almacenamiento eléctrico al Código de Red. Cuando estos sistemas inyecten energía a la red, recibirán un tratamiento equivalente al de los módulos de generación y deberán cumplir requisitos técnicos similares, con las adaptaciones que correspondan a su funcionamiento.

Otra de las novedades de la Comisión Europea afecta a la tecnología Vehicle-to-Grid (V2G). El texto crea una regulación específica para los vehículos eléctricos con carga bidireccional, de forma que puedan devolver electricidad a la red además de consumirla y participar en servicios relacionados con la gestión del sistema.
La Comisión plantea nuevas categorías para los vehículos y los puntos de recarga bidireccionales, además de un sistema común de certificación para toda la Unión Europea. Las obligaciones se aplicarán a los nuevos modelos de vehículos tres años después de la entrada en vigor del reglamento y, un año más tarde, alcanzarán a todos los vehículos nuevos comercializados.
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Más exigencias para mantener la estabilidad de la red eléctrica
La reforma también responde a la reducción de la inercia del sistema eléctrico derivada de la sustitución de grandes generadores síncronos por tecnologías basadas en convertidores electrónicos, como la energía solar fotovoltaica, la eólica o las baterías.
Para responder a esa situación, el borrador introduce por primera vez requisitos de grid forming. Determinadas instalaciones deberán aportar inercia sintética, ofrecer soporte rápido de corriente durante fallos y mejorar su comportamiento frente a las alteraciones de frecuencia y tensión. La aplicación será gradual para facilitar la adaptación de las redes de distribución.

Además, Bruselas propone un sistema europeo de certificación de equipos y un mayor control sobre los parámetros nacionales de conexión. Los operadores de transporte elaborarán los requisitos técnicos junto con los distribuidores, los someterán a consulta pública y las autoridades reguladoras deberán validarlos antes de su entrada en vigor.
El futuro reglamento sustituirá al Reglamento 2016/631, aunque las instalaciones ya conectadas seguirán sujetas a la normativa actual hasta el final de su vida útil o hasta que afronten una modernización de importancia. Para las nuevas instalaciones, las normas comenzarán a aplicarse, con carácter general, dos años después de la entrada en vigor del texto.
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- Belén Valdehita
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