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Un Real Decreto prohíbe el corte de suministros a hogares vulnerables

El MITECO paraliza los cortes de luz, agua y gas mientras dure el estado de alarma

Noelia López Redondo by Noelia López Redondo
23/12/2020
in GAS y PETROLEO, LEGISLACIÓN/BOE, RECIBO DE LA LUZ
0
nueva factura de la luz

Un nuevo Real Decreto aprobado por el MITECO prohíbe los cortes de suministros de luz, agua y gas a consumidores vulnerables mientras dure el estado de alarma. El texto detalla quienes tendrán consideración de “consumidores vulnerables”, “vulnerables severos” y “en riesgo de exclusión”. También que el periodo en el que esté en vigor esta medida no computará a efectos de los plazos comprendidos entre el requerimiento fehaciente del pago y la suspensión del suministro por impago establecidos en la normativa vigente

El Consejo de Ministros celebrado ayer, 22 de diciembre, dio luz verde a un nuevo Real Decreto que prohíbe el corte de suministros de gas, luz y agua a consumidores vulnerables, vulnerables severos y en riesgo de exclusión.

Para acreditar la condición de consumidor vulnerable, el texto legal establece que bastará con la presentación de la última factura de electricidad en la que se refleje la percepción del bono social de electricidad. La norma será de aplicación también para aquellos consumidores que sin ser titulares de un contrato de suministro demuestren, por acreditación de servicios sociales, que cumplen los requisitos.

“Este es un decreto-ley para ofrecer garantías adicionales desde una perspectiva equilibrada para aquellas personas vulnerables que sufren por su situación, por su hogar. Garantizamos que mientras dure el estado de alarma aquellos consumidores considerados vulnerables sigan contando con total tranquilidad en sus hogares con los suministros de agua, luz y gas”, ha señalado la vicepresidenta Teresa Ribera.

recibo de la luz

Sin cortes de suministros esenciales mientras dure el estado de alarma

Tres son las líneas principales del nuevo decreto:

  • Mientras esté vigente el actual estado de alarma no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social definidas en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.
  • También será de aplicación la prohibición de la suspensión de suministro para aquellos consumidores que, no pudiendo acreditar la titularidad del contrato de suministro ni, por tanto, acceder a la condición de consumidor vulnerable o vulnerable severo, cumplan con el resto de requisitos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, mediante acreditación por certificación de dicha circunstancia por los servicios sociales competentes o por mediadores sociales ante la empresa suministradora.
  • Además, el periodo en el que esté en vigor esta medida no computará a efectos de los plazos comprendidos entre el requerimiento fehaciente del pago y la suspensión del suministro por impago establecidos en la normativa vigente.

A los efectos de lo previsto en esta nueva regulación, serán mediadores sociales las entidades del Tercer Sector de acción social que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector colaboradoras de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.

“La medida aprobada hoy consolida la garantía de suministros a los consumidores vulnerables. Su urgencia viene justificada por el carácter esencial de estos suministros para los hogares en la proximidad del invierno, que coincide con la época del año en la que mayor consumo energético se produce, y por la situación excepcional derivada de la crisis sanitaria y económica”, explica el ministerio en un nota de prensa.

“En ese sentido, cabe recordar que el suministro de agua está garantizado para toda la población y, especialmente, para los consumidores vulnerables, tal y como ha asegurado la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) que ha garantizado, a través de los ayuntamientos, que no se produzcan cortes de agua por falta de pago a ninguna persona vulnerable”, matizan.

 

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