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Mucha letra pequeña que dilucidar en 2017 sobre el bono social y la pobreza energética

Por Carlos Sánchez
27/12/2016
en MERCADO ELÉCTRICO
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Mucha letra pequeña que dilucidar en 2017 sobre el bono social y la pobreza energética

El Decreto Ley aprobado el viernes por el Consejo de Ministros capea el temporal pero muchos de los detalles más importantes, aquellos que cambian la vida de las personas, tendrán que tratarse con el resto de fuerzas políticas y no se aplicarán hasta que culmine su desarrollo normativo. Parece que habrá que esperar tres meses, los más fríos del año, para qué te digan qué tipo de consumidor eres: ordinario, vulnerable, más vulnerable o extremadamente vulnerable.

Madrid. Elena Alonso Asensio

El Real Decreto deberá seguir el correspondiente proceso de convalidación por el Parlamento pero contiene una medida de aplicación inmediata que es garantizar la financiación del bono social, que será asumido por todas las comercializadoras de energía eléctrica. El resto de medidas que contiene el Decreto Ley, y que deberán esperar a su desarrollo normativo por parte del Gobierno en un plazo de tres meses, se refieren a:

Quiénes son consumidores vulnerables

El RD amplía la posibilidad de que haya una definición más variada de consumidor vulnerable. «Hasta ahora consumidor vulnerable era aquel que cumplía una serie de características pero podemos hacer diferentes tipologías -explicó el titular de Energía, Álvaro Nadal, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros- que permitirán intensidades de ayuda diferentes«.

Es decir, hasta ahora, todos los consumidores vulnerables -hay 2,3 millones de hogares que se benefician del bono social, aproximadamente siete millones de personas- recibían todos la misma bonificación, un 25% del precio de su factura eléctrica. A partir de que desarrolle la nueva normativa se distinguirá entre consumidores de distintos tipos de manera que las ayudas varíen en función en función de su renta.

Según explicó Nadal, podría haber finalmente cuatro tipo de consumidores: ordinarios, que se verán beneficiados por una mejora del tratamiento por su comercializadora, prácticas comerciales y mayor capacidad par comparar entre ofertas; vulnerables, que tendrán una definición más precisa y acorde con su situación social y los que se les dará una ayuda sobre el precio; más vulnerables, que gozarán de un descuento mayor por tener una renta inferior; o extremadamente vulnerables, atendidos por los servicios sociales y para los que una administración se hará cargo de los pagos de su deuda, con una aportación adicional por parte del sistema eléctrico.

Cómo mejorar las condiciones de comercialización

Esta medida no sólo va destinada a los consumidores vulnerables sino a todos los usuarios. «Hay determinadas prácticas comerciales que requieren un mayor grado de transparencia«, dijo Nadal, que apuntó la idea de crear un indicador o índice que permita comparar más fácilmente las distintas ofertas, además de dar mayor protección «ante determinadas prácticas comerciales» a los consumidores.

Cuatro meses en vez de dos para interrumpir el suministro

Lo primero que se va normalizar es que las empresas comercializadoras tengan que comunicar el impago desde el primer momento en que se produce, algo a lo que no estaban obligadas hasta ahora. Además, se amplía de dos a cuatro meses, según la vulnerabilidad del consumidor, el plazo para suspender el suministro a determinados grupos de consumidores vulnerables en caso de impago.

Supuestos en los que se prohíbe el corte de luz 

El Real Decreto establece que no podrá suspenderse el suministro eléctrico a los consumidores en situación de especial vulnerabilidad que estén siendo atendidos por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.

Para hacer efectivo el corte, la comercializadora tendrá que haber contactado previamente con los servicios sociales de las comunidades autónomas para preguntar si están procediendo a la tramitación de un corte sobre un consumidor extremadamente vulnerable. En caso de ser así, no se podrá interrumpir el suministro y la comunidad autónoma o la corporación local atenderá el pago de la deuda que será cofinanciado en parte por el bono social.
 

El Decreto Ley aprobado el viernes por el Consejo de Ministros capea el temporal pero muchos de los detalles más importantes, aquellos que cambian la vida de las personas, tendrán que tratarse con el resto de fuerzas políticas y no se aplicarán hasta que culmine su desarrollo normativo. Parece que habrá que esperar tres meses, los más fríos del año, para qué te digan qué tipo de consumidor eres: ordinario, vulnerable, más vulnerable o extremadamente vulnerable.

Madrid. Elena Alonso Asensio

El Real Decreto deberá seguir el correspondiente proceso de convalidación por el Parlamento pero contiene una medida de aplicación inmediata que es garantizar la financiación del bono social, que será asumido por todas las comercializadoras de energía eléctrica. El resto de medidas que contiene el Decreto Ley, y que deberán esperar a su desarrollo normativo por parte del Gobierno en un plazo de tres meses, se refieren a:

Quiénes son consumidores vulnerables

El RD amplía la posibilidad de que haya una definición más variada de consumidor vulnerable. «Hasta ahora consumidor vulnerable era aquel que cumplía una serie de características pero podemos hacer diferentes tipologías -explicó el titular de Energía, Álvaro Nadal, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros- que permitirán intensidades de ayuda diferentes«.

Es decir, hasta ahora, todos los consumidores vulnerables -hay 2,3 millones de hogares que se benefician del bono social, aproximadamente siete millones de personas- recibían todos la misma bonificación, un 25% del precio de su factura eléctrica. A partir de que desarrolle la nueva normativa se distinguirá entre consumidores de distintos tipos de manera que las ayudas varíen en función en función de su renta.

Según explicó Nadal, podría haber finalmente cuatro tipo de consumidores: ordinarios, que se verán beneficiados por una mejora del tratamiento por su comercializadora, prácticas comerciales y mayor capacidad par comparar entre ofertas; vulnerables, que tendrán una definición más precisa y acorde con su situación social y los que se les dará una ayuda sobre el precio; más vulnerables, que gozarán de un descuento mayor por tener una renta inferior; o extremadamente vulnerables, atendidos por los servicios sociales y para los que una administración se hará cargo de los pagos de su deuda, con una aportación adicional por parte del sistema eléctrico.

Cómo mejorar las condiciones de comercialización

Esta medida no sólo va destinada a los consumidores vulnerables sino a todos los usuarios. «Hay determinadas prácticas comerciales que requieren un mayor grado de transparencia«, dijo Nadal, que apuntó la idea de crear un indicador o índice que permita comparar más fácilmente las distintas ofertas, además de dar mayor protección «ante determinadas prácticas comerciales» a los consumidores.

Cuatro meses en vez de dos para interrumpir el suministro

Lo primero que se va normalizar es que las empresas comercializadoras tengan que comunicar el impago desde el primer momento en que se produce, algo a lo que no estaban obligadas hasta ahora. Además, se amplía de dos a cuatro meses, según la vulnerabilidad del consumidor, el plazo para suspender el suministro a determinados grupos de consumidores vulnerables en caso de impago.

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El Real Decreto establece que no podrá suspenderse el suministro eléctrico a los consumidores en situación de especial vulnerabilidad que estén siendo atendidos por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.

Para hacer efectivo el corte, la comercializadora tendrá que haber contactado previamente con los servicios sociales de las comunidades autónomas para preguntar si están procediendo a la tramitación de un corte sobre un consumidor extremadamente vulnerable. En caso de ser así, no se podrá interrumpir el suministro y la comunidad autónoma o la corporación local atenderá el pago de la deuda que será cofinanciado en parte por el bono social.
 

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