- La Unión Europea fija la reducción del 90% de las emisiones netas de GEI para 2040, dando la opción de uso de hasta un 5% en créditos internacionales de carbono.
- El acuerdo da prioridad a la flexibilidad en la consecución del objetivo y pone el foco en la transición limpia y la competitividad industrial europea.
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La Unión Europea acordó ayer un objetivo climático jurídicamente vinculante que establece la reducción del 90% de las emisiones netas de gases de efecto invernadero (GEI) para 2040, en comparación con los niveles de 1990. Para la consecución de este objetivo, el acuerdo incluye la posibilidad de usar créditos internacionales de carbono de alta calidad.
Desde la Unión Europea señalan que el objetivo climático acordado garantiza una trayectoria clara y constante hacia una economía europea descarbonizada a mitad de siglo. Además, proporciona seguridad a los inversores y a las empresas para impulsar la transición limpia, la seguridad energética, la competitividad industrial y, sobre todo, la independencia de la Unión Europea.

La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha declarado: «Hoy, la UE está demostrando su firme compromiso con la acción por el clima y el Acuerdo de París. Un mes después de la COP30, hemos convertido nuestras palabras en acción, con un objetivo legalmente vinculante de reducción de emisiones del 90% para 2040. Tenemos una dirección clara hacia la neutralidad climática y un plan pragmático y flexible para hacer que la transición limpia sea más competitiva».
Reducción de las emisiones para 2040
Para la UE, el acuerdo establece un camino pragmático y flexible hacia 2040 en el que se reflejan tanto las realidades económicas como las geopolíticas actuales. En base a ello, establece algunas flexibilidades y elementos para cumplir el objetivo de 2040, así como para el marco climático que se dará a partir de 2030:
- La normativa contempla la utilización de créditos internacionales para realizar una contribución adecuada al objetivo de reducción de emisiones para 2040 a partir de 2031. Hasta cinco puntos porcentuales de la reducción de emisiones podrán proceder de créditos internacionales de carbono de alta calidad.
- Se contempla la opción de utilizar absorciones de carbono a nivel doméstico para compensar las emisiones difíciles de reducir.
- En el marco posterior a 2030, se deberá prestar atención especial a la competitividad de la industria y a la economía europea, potenciando las tecnologías innovadores basadas en la neutralidad de emisiones, así como soluciones de energía renovable.
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Revisión de los objetivos climáticos
La revisión de los avances en materia de objetivos climáticos será evaluada por la Comisión Europea cada dos años. Así, se comprobará el nivel de absorción de emisiones en comparación con los objetivos intermedios para alcanzar el objetivo en 2040. También se examinarán cuestiones de aplicación de tecnologías emergentes y mejora de la competitividad insdustrial. Por último se evaluarán los precios de la energía y sus tendencias, así como su impacto en hogares y tejido empresarial.
Cabe destacar que las revisiones podrán dar pie a que la Comisión proponga la modificación de la Ley del Clima de la Unión Europea si fuera necesario. Así, el objetivo de 2040 se podría modificar o, en cambio, se podrían introducir más medidas adicionales para su consecución.
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