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España pierde un nuevo arbitraje por el recorte a las renovables, esta vez contra 9REN

El laudo de un tribunal del CIADI obliga al pago de 41,8 millones, así como al de los intereses y cinco millones más en costas.

Esther de Aragón by Esther de Aragón
04/06/2019
in FOTOVOLTAICA, LEGISLACIÓN/BOE
0
El Tribunal del CIADI ha fallado a favor de 9REN.

El Tribunal del CIADI ha fallado a favor de 9REN.

España ha sido condenada, nuevamente, por un tribunal del CIADI (La Corte Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones).  La condena obliga a España a pagar 41,76 millones de euros, más intereses y costas, a 9REN. Asimismo, a los costos legales y del arbitraje del CIADI.

El laudo, que ha difundido Italaw, expone en “La Descripción General y las Partes”:

  1. “La diferencia surge respecto de medidas implementadas por el Demandado, el Reino de España, que modificaron, en perjuicio de la Demandante (9REN) y otros productores, el marco regulatorio y económico aplicable a los proyectos de energías renovables y, en particular, a la generación de energía eléctrica a través de celdas solares fotovoltaicas (“FV”)”.

Al fin, en las conclusiones del Tribunal queda claro que  España vulneró el Tratado de la Carta de la Energía al violar el principio de trato justo y equitativo.

El grupo 9REN, con Sede en Luxemburgo, está especializado en energía fotovoltaica. Nació en 2008, tras la adquisición, por parte del fondo de inversión americano Fist Reserve Corporation, de la italiana Ener3 y la española Gamesa Solar.

Fallo del arbitraje a favor de 9REN

Después de sucesivos recortes de primas y limitaciones regulatorias a la energía fotovoltaica, en 2015, 9REN demandó a España ante el CIADI. Los árbitros ahora han concluido, entre otras cosas, que:

 “(.)Para atraer inversionistas extranjeros reacios, España generó una expectativa razonable y legítima, en la que de manera razonable se amparó la Demandante”.
“El retroceder legislativo de España violó las obligaciones de trato justo y equitativo bajo el TCE con arreglo al estándar TJE contenido en el Artículo 10”.

Por ello, condena a España con estos términos:

“15. El Tribunal ha concluido por mayoría que la cuantía de esta indemnización en €41.76 millones al 30 de junio de 2014.
16. La indemnización de €41.76 millones conlleva intereses compuestos anualmente a una tasa equivalente al rendimiento de los bonos a 5 años del Gobierno español a partir del 30 de junio de 2014 a la fecha de pago.
17. La Demandante tiene derecho a los costos determinados en US$4,814,570 y €562,458.
18. Adicionalmente, el Tribunal estimó los costos legales y del arbitraje del CIADI a pagar por el Demandado en US$299.908,16”.

En la Parte 7, donde se trata la “Responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones surgidas del TCE”, y concretamente en la 7(3), el Tribunal dice:

“La posición de España es que solo ella debiera beneficiarse de los incrementos de precios, en tanto la carga de las caídas de precios ha de recaer en los inversores. Como una cuestión de derecho interno español este trato conferido a los inversores locales ha sido considerado constitucional, pero en la opinión del Tribunal, este trato asimétrico no es ni justo ni equitativo. En virtud del TCE, la Demandante, en su carácter de inversor extranjero, tenía derecho a un trato justo y equitativo y en este caso no lo recibió”.

Otras reclamaciones

Lo decíamos hace apenas tres meses, cuando el CIADI falló a favor de NextEra Energy. España acumula ya 33 demandas de arbitraje de inversiones ante el CIADI por la supresión de primas a la producción.

En cualquier caso, a España se le amontona más de una treintena de demandas ante el CIADI contra el recorte a las renovables, en el marco de las reformas iniciadas por el Gobierno en el año 2010 y consolidadas en 2013. Las reclamaciones de los inversores extranjeros en tribunales internacionales de arbitraje se aproximan a los 8.000 millones de euros.

Otros procedimientos están en su fase final, aunque España gana tiempo pidiendo la nulidad de los laudos una vez dictados. Eso es lo ocurrido con el laudo de Antin y el de Masdar, los más recientes.

Entre los últimos que han sido cuantificados y perdidos por España, el del laudo del El Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo (Suecia). Fue en noviembre pasado y se condenó a España a pagar 48 millones de euros a tres compañías que invirtieron en plantas fotovoltaicas en el país por el cambio de regulación que supuso el recorte a las renovables. Los demandantes eran dos fondos del gestor de infraestructuras Foresight en Luxemburgo, dos de la italiana GWM Renewable Energy y Greentech Energy, en la actualidad, la danesa Athena Investments.

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