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El canon hidroeléctrico, entre los objetivos del Tribunal de Cuentas para 2018

Carlos Sánchez by Carlos Sánchez
28/12/2017
in HIDROELÉCTRICA
0
Canon hidroeléctrico

El Pleno del Tribunal de Cuentas ha incluido en su “Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año 2018” el canon hidroeléctrico, que grava el uso de aguas para producir electricidad. Un impuesto con muchos detractores que consideran que es un ingreso más del sistema eléctrico y no cumple los fines medioambientales para los que fue creado. 

El hecho de que el Tribunal de Cuentas haya incluido en su programa anual el canon hidroeléctrico quiere decir que  este órgano comprobará que esta tasa se somete a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, economía y buena gestión. Para ello, revisará, verificará y evaluará los documentos contables y de procedimientos de control y gestión pertinentes.

Como resultado hará constar en su informe cuantas infracciones, abusos o prácticas haya observado si es el caso, o las recomendaciones y medidas que se deberían tomar para mejorar el objeto de la fiscalización, si las hubiere.

La cuestión es que el canon hidroeléctrico quedó plasmado en el Real Decreto 198/2015 como una forma de garantizar presupuesto suficiente para afrontar el deterioro de los ríos causado, entre otros usos, por las propias centrales hidroeléctricas, explica un comunicado firmado por varias organizaciones ambientales el pasado mes de julio.

Tal y como explican, la normativa contempla que el 2% de lo recaudado por el turbinado de agua para producir electricidad se debe considerar ingreso de las confederaciones hidrográficas, mientras que el 98% restante debe de ir a parar al Tesoro.

“Pero esto no quiere decir que esos ingresos vayan a otros destinos: el Real Decreto determina que los Presupuestos Generales del Estado destinarán, como mínimo, la cantidad que corresponde a ese 98% de recaudación a actuaciones de protección y mejora del dominio público hidráulico. Se trata de un impuesto finalista: el Gobierno está obligado a dedicarlo a la conservación de los ríos“, detallan.

Sin embargo, el propio Gobierno, en respuesta a una pregunta realizada por Juan López de Uralde, coportavoz de Equo y diputado por Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, la primavera pasada ha confirmado que de los casi 198 millones de euros recaudados por el canon, solo 64 millones se han invertido en la mejora y conservación del dominio público hidráulico. López de Uralde ha recordado a EnergyNews que de nuevo a una segunda pregunta suya, en el mes de diciembre, el Ejecutivo había reconocido que no ha revertido el total de lo recaudado a la protección y mejora de los ríos.

Hasta el mismo Tribunal Supremo, que el pasado mes de junio decidió elevar una cuestión prejudicial sobre el mismo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, expresaba en la misma sus dudas sobre la finalidad medioambiental del canon cuestionado y preguntaba si es respetuoso con la aplicación del principio “quien contamina paga”.

Otra cuestión que planteaba al TJUE era si el canon es compatible con el principio de no discriminación de los operadores ya que esta tasa se exige a los generadores de energía hidroeléctrica que operan en cuencas intercomunitarias, frente a los titulares de concesiones en cuencas intracomunitarias, y a los productores con tecnología hidroeléctrica frente a quienes utilizan otras tecnologías, generando una situación de desigualdad que incide en la competencia dentro del mercado eléctrico.

Canon hidroeléctrico

A los magistrados les surgía la duda sobre si este impuesto es un tributo asimétrico que perjudica la competencia en el mercado eléctrico creando ayudas de Estado a favor de terceras personas al producirse, por un lado, la diferenciación entre compañías de producción hidroeléctricas que se encuentran en la misma posición y, por otro, respecto de los productores de energía eléctrica proveniente de otras fuentes.

Además, la Sala afirmaba que el canon no responde al perfil de tributo medioambiental porque “no vela por proteger los supuestos daños medioambientales”, sino que su finalidad, por el contrario, es “establecer un mecanismo de financiación del déficit de tarifa, con lo que el legislador parece ir contra los propios principios que inspiran la política europea en materia energética y ambiental, esos mismos principios que se invocan en la exposición de motivos”.

Asimismo, indicaba en un comunicado que sólo un 2% del canon recaudado se destina a las actuaciones del Organismo de Cuenca frente al 98% que será ingresado en el Tesoro Público, por lo que “constituye un ingreso más del sistema eléctrico al no destinarse la recaudación a la protección y mejora del dominio público“, asevera.

Con todo, la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Congreso de los Diputados aprobó el pasado mes de noviembre el Proyecto de Ley por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas en el que se incrementa el tipo de gravamen del canon hidroeléctrico desde el 22 por ciento del valor de la base imponible previsto en el artículo 112 bis del texto refundido de la Ley de Aguas, hasta el 25,5 por ciento.

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