El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha abierto el plazo de audiencia para la presentación de alegaciones y así se lo ha notificado a las once entidades personadas en el procedimiento administrativo que debe decidir el futuro de Garoña (Burgos).
El plazo será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación del oficio, para que puedan presentar las alegaciones y los documentos que estimen oportunos. Todas las instituciones, asociaciones y empresas personadas han podido estudiar durante casi cinco meses el informe que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) elaboró sobre Garoña y de cuya recepción fueron informados por el propio Ministerio de Energía a principios de marzo.
Superado este procedimiento de audiencia y estudiadas las alegaciones el Gobierno tomará una decisión, informa el Ministerio en un comunicado. El CSN hizo público su informe el pasado 8 de febrero. Y a partir de esa fecha se abrió un plazo de seis meses para pronunciarse sobre la renovación o no de la autorización de explotación de la central nuclear.
Las entidades personadas para las que se abre el plazo de alegaciones son las siguientes: Parlamento Vasco, Gobierno Vasco, Junta de Castilla y León, Gobierno de Navarra, Diputación de Álava, Gobierno de La Rioja, Asociación de Municipios de Áreas con Centrales Nucleares (AMAC), Nuclenor, Greenpeace, Asociación Ecologistas en Acción-Burgos y la Asociación Ecologista Centaurea.
Futuro de Garoña
El informe emitido en febrero por el Consejo de Seguridad Nuclear fue favorable a la renovación de autorización de la explotación de la central nuclear con el único voto en contra de Cristina Narbona, miembro entonces del Pleno del CSN junto al presidente, Fernando Martí; la vicepresidenta, Rosario Velasco, y los otros dos consejeros Fernando Castelló y Javier Dies.
De todos modos, el CSN establecía en su dictamen bastantes condiciones para renovar la autorización de explotación de la central -que no produce electricidad desde el 16 de diciembre de 2012- solicitada en 2014 por su titular, Nuclenor, participada al 50% por Iberdrola y Endesa.
Según informó en su momento el propio CSN, las ocho primeras condiciones, de un total de diez, se refieren a requisitos de tipo genérico incluidos en las autorizaciones de explotación de todas las centrales nucleares tales como identificación del titular y explotador responsable, potencia máxima autorizada, documentos Oficiales de Explotación o programas de mejora mientras que las dos últimas se han fijado en torno a dos momentos concretos de la instalación: la primera carga de combustible y la reacción nuclear en cadena automantenida.