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Un repaso a las novedades de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular

Noelia López Redondo by Noelia López Redondo
28/12/2021
in LEGISLACIÓN/BOE, MEDIO AMBIENTE, RECICLAJE
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microplásticos

Una de la principales novedades de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular que está tramitando el Gobierno es la creación de un calendario de implantación de nuevas recogidas separadas de residuos para su valorización, además de la ya existente para el papel, los metales, el plástico y el vidrio.

El Congreso de los Diputados ha aprobado el Dictamen de la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico sobre el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. El siguiente paso será el envío del texto al Senado, donde entrará en la recta final de su tramitación parlamentaria.

Repasamos las principales novedades.

Limitaciones al uso de plásticos

En el ámbito de los plásticos, se han introducido limitaciones, con medidas que van desde objetivos de reducción, requisitos de diseño o de marcado, hasta la restricción de la introducción en el mercado de algunos de ellos. También se establece un impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables para avanzar en la prevención de sus residuos.

Por otro lado, queda prohibida la introducción en el mercado de productos de plástico como pajitas, bastoncillos, cubiertos, platos, cualquier producto hecho con plástico oxodegradable, así como las microesferas de plástico de menos de 5 mm.

residuos

Entre los productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción están los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones. También los recipientes alimentarios destinados al consumo inmediato, cuya comercialización ha de reducirse un 50% en 2026 y un 70% para 2030, respecto a 2022 en ambos casos.

Para cumplir con estos objetivos, se habrá de fomentar el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico. Desde el 1 de enero de 2023 queda prohibida su distribución gratuita y deberá cobrarse un precio por cada uno de los productos de plástico que se entreguen al consumidor.

Medidas fiscales para incentivar la economía circular

Por primera vez, con carácter estatal, se hace uso de medidas fiscales en el ámbito de los residuos para incentivar la economía circular.

Por un lado, se incluye un impuesto sobre envases de plástico no reutilizables. Por otro lado, una tasa a la incineración, coincineración y al depósito de residuos en vertedero,

La nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados incluye la obligación para las entidades locales en el plazo de 3 años de desarrollar una tasa o prestación patrimonial de carácter pública no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria asociada a los servicios de gestión de residuos que prestan.

En cuanto a la responsabilidad ampliada del productor del residuo, la propuesta normativa revisa las obligaciones que se pueden imponer mediante Real Decreto a los productores: sistema de depósito, devolución y retorno. También define las partidas de gestión de residuos que deben financiar los productores y los mecanismos de control para los sistemas individuales y colectivos que se creen.

Regulación de los suelos contaminados

El proyecto de ley contiene también la regulación de los suelos contaminados. Se mantiene el anterior régimen jurídico en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos.

Como novedad, se ha incluido la creación del Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos.

El Proyecto Libera lanza una campaña de concienciación: "No abandones más plásticos"

Otras novedades de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados

  • Se contemplan actuaciones contra el desperdicio de alimentos en línea con los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas para 2030.
    En este ámbito se prohíbe la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos, tales como textiles, juguetes y aparatos eléctricos, entre otros, que deberán destinarse preferentemente a reutilización y reciclado.
  • Para reducir el consumo de envases, en los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los clientes la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita.
    En este sentido, las administraciones públicas deberán adoptar medidas necesarias para reducir el consumo de agua embotellada en sus dependencias y en otros espacios públicos, sin perjuicio de que en los centros sanitarios se permita la comercialización en envases de un solo uso.
  • Se amplía así la recogida separada a los biorresiduos domésticos, a partir de julio de 2022 para entidades locales con más de 5.000 habitantes, y a partir de 2024 para el resto de municipios. Y a los residuos textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos a partir de 2025.
    Los residuos de construcción y demolición deberán clasificarse por materiales, preferentemente en el origen a partir de 2022, y la demolición deberá ser selectiva a partir de 2024.

Asimismo, fija objetivos más ambiciosos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales: un incremento del 5% cada cinco años hasta alcanzar el 65% en 2035, estableciendo porcentajes específicos de preparación para la reutilización, dentro de cada uno de esos objetivos, siendo del 15% en 2035.

Por último, el texto revisa el régimen sancionador incluyendo nuevas infracciones. Así, será considerado infracción el abandono, incluido el de la basura dispersa o littering, el vertido y la gestión incontrolada de residuos peligrosos y también de cualquier otro tipo de residuos.

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