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El Gobierno aprueba un plan de ayudas para la rehabilitación energética de edificios

Con un presupuesto de 300 millones de euros que se reparten entre las comunidades autónomas en función del número de primeras viviendas censadas

Noelia López Redondo por Noelia López Redondo
05/08/2020
en CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE
1
rehabilitacion de edificios

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE), que destinará 300 millones de euros para ayudas directas a actuaciones de mejora de la eficiencia energética en edificios construidos antes de 2007. El cambio de la envolvente térmica o la sustitución de antiguas calderas por opciones renovables, como la termosolar o la geotérmica, son algunas de las iniciativas que reciben subvención.

A propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), el Consejo de Ministros ha aprobado las bases del nuevo Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE):

  • subvencionará cambios en la envolvente térmica, sustitución de calderas por opciones renovables o mejoras en la eficiencia de iluminación
  • las ayudas financiarán entre el 25% y el 35% del coste de la rehabilitación
  • en el caso de los consumidores vulnerables, se establece una mejora de un 15% adicional
En la actualidad, el parque de edificios supone el 30% del consumo de energía de España. Con este programa de ayudas, el Gobierno calcula que contribuirá a su descarbonización progresiva hasta llegar a la neutralidad climática en 2050.

300 millones de euros en ayudas a la rehabilitación energética de edificios

El PREE será coordinado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), aunque serán las Comunidades y Ciudades Autónomas deberán quienes realizar y publicar su respectiva convocatoria de ayudas.

A las convocatorias que publique cada región se podrán presentar comunidades de propietarios, comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía, propietarios individuales de edificios, sean personas físicas o jurídicas, agrupaciones de propietarios de edificios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas o proveedores de servicios energéticos, y entidades locales.

La fecha límite de presentación de solicitudes vendrá marcada por cada región en su respectiva convocatoria. En todo caso, nunca podrá ser posterior al 31 de julio de 2021.

Los 300 millones con los que cuenta el programa de ayudas a la rehabilitación energética de edificios, provenientes del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, se distribuirán entre las regiones según el criterio objetivo de número de primeras viviendas recogidas en el censo de población del Instituto Nacional de Estadística. El reparto queda fijado de esta manera:

CCAAPresupuesto (en euros)
Andalucía           51.216.000,00
Cataluña           48.855.000,00
Madrid           40.965.000,00
C. Valenciana           32.961.000,00
Galicia           17.571.000,00
Castilla y León           17.220.000,00
País Vasco           14.748.000,00
Canarias           13.104.000,00
Castilla – La Mancha           13.065.000,00
Aragón             8.940.000,00
Murcia             8.550.000,00
Asturias             7.596.000,00
Baleares             7.128.000,00
Extremadura             7.050.000,00
Navarra             4.125.000,00
Cantabria             3.927.000,00
Rioja             2.157.000,00
Ceuta                414.000,00
Melilla                408.000,00

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones subvencionables por PREE corresponden a tres tipologías:

  1. Mejora de la envolvente térmica del edificio
  2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, por ejemplo, de calefacción, climatización o producción de agua caliente sanitaria, con alternativas como:
    1. Sustitución energía convencional por energía solar térmica.
    2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
    3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
    4. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor
    5. Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas. En este punto se incluyen sistemas de domótica, sistemas de monitorización y otros sistemas digitales que permitan una mejor gestión y la reducción del consumo energético del edificio
  3. Mejora de las instalaciones de iluminación

Las actuaciones de rehabilitación energética deberán realizarse sobre un edificio de viviendas; un edificio de vivienda unifamiliar o un edificio con uso diferente al de vivienda, como pueden ser el sanitario, administrativo, docente o cultural. Excepcionalmente, en atención a la tipología edificatoria o a las características climáticas, las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán considerar subvencionables las actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio.

No serán actuaciones subvencionables las realizadas en edificios de nueva construcción, las que supongan una ampliación que incremente superficie o volumen construido, y las que conlleven un cambio de uso de edificio.

Cuantía de las ayudas del plan de rehabilitación energética

  • La cuantía de las ayudas será del 35% del coste de la actuación, salvo en el caso de las mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación, en los que la ayuda será del 15%.
  • En caso de que se opte por subvencionar rehabilitaciones en viviendas individuales, el porcentaje será del 25% en el caso de envolventes e instalaciones térmicas, y del 15% en actuaciones de iluminación.

  • Los consumidores acreditados como vulnerables y que sean beneficiarios del bono social verán incrementados los porcentajes de ayuda en un 15%. Así, por ejemplo, una actuación sobre una envolvente podría contar una subvención del 50% del coste.
  • De igual modo, PREE aplica un 15% de mejora en el porcentaje de ayudas para las actuaciones que se realicen en edificios de vivienda que se encuentren acogidos a algún régimen de protección pública y aquellos que se ubiquen en Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales.
  • Para potenciar la constitución de comunidades de energías renovables o las comunidades ciudadanas de energía, estas figuras tendrán derecho a ayuda adicional en función del gasto subvencionable, llegando al 20% adicional en caso de la mejora de envolvente térmica.
  • Con el objeto de incentivar aquellas actuaciones más eficientes, se establece una mejora para las solicitudes eleven la calificación energética del edificio hasta la etiqueta energética «A» o «B», en la escala de CO2, o bien, incrementen en dos letras la calificación energética de partida. Si se alcanza la clase «A», la mejora es del 15%; será del 10% en el caso de llegar a la letra «B»; y del 5%, si el incremento es de dos letras respecto a la situación de partida.

  • También se incentivan las actuaciones integradas, es decir, aquellas que acometan mejora en dos o más tipologías. En este caso, la mejora sobre el porcentaje inicial será del 20%.

Las ayudas otorgadas en este programa serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma finalidad, por cualquier administración pública, organismos o ente público, nacional o internacional, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada.

 

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Tags: ayudasayudas rehabilitación edificiosayudas rehabilitación energética edificiosIDAEMITECO
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Más comentadas 1

  1. Concepcion escalera palmero says:
    2 años ago

    Me parece una propuesta muy buena yo tengo una casa unifamiliar tengo setenta y tres años y tengo una pension no contrubutiva como lo podria hacer gracias

    Responder

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