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Portugal ya ha aprobado el decreto de autoconsumo, con balance neto y cambios en el pago de las primas

Carlos Sánchez by Carlos Sánchez
27/10/2014
in AUTOCONSUMO
3
fotovoltaica portugal

Mientras en España se sigue esperando el tan ansiado decreto sobre autoconsumo, nuestro vecino Portugal ya lo tiene en vigor. Una regulación con venta de excedente a la que se pueden acoger las instalaciones de energías renovables. El decreto fue aprobado en Consejo de Ministros a primeros de septiembre y publicado el 20 de octubre en el diario oficial (decreto-lei 153/2014).

El decreto-lei 153/2014 establece un régimen para las instalaciones de autoconsumo que permite la venta del excedente de electricidad o balance neto y modifica el esquema de tarifa (FIT, o feed-in tariff), que pasa a llamarse régimen de “Unidades de Pequeña Producción” (para instalaciones de energías renovables de hasta 250 kilovatios de potencia).

Para Jaume Margarit, director de APPA (Asociación de Productores de Energías Renovables), “lo que se ha hecho en Portugal es muy interesante, pero me temo que en España el borrador tiene otro objetivo bien distinto, que es impedir el desarrollo del autoconsumo. Impone unas condiciones que le perjudica y paraliza su viabilidad”, y añade “lo peor es la estrategia del Gobierno, que difunde un borrador durante meses para que la gente se asuste, tenga miedo a la retroactividad y aún ni se haya aprobado”.

Tramitaciones más complejas

A partir de ahora, en Portugal para las instalaciones de mayor potencia, es decir, de hasta 1,5 kilovatios, de entre 1,5 kilovatio y 1 megavatio y de más de 1 megavatio, los requisitos para comenzar a operar requieren de tramitaciones más complejas. No se establece una potencia máxima concreta de las instalaciones de autoconsumo aunque la potencia máxima de la instalación dependerá de la potencia contratada por el consumidor.

Sin embargo, las instalaciones de hasta 1,5 kW podrán acogerse a un trámite simplificado.

Balance neto

Se permite la venta del excedente de electricidad bajo distintas modalidades, es decir, que las instalaciones dirigidas al consumo propio, pueden vender así el sobrante a la red eléctrica, lo que se conoce como balance neto.

La regulación contempla que se puedan cerrar contratos con el comercializador de último recurso pero también se permiten otras modalidades como los contratos bilaterales. La venta del excedente para las instalaciones más pequeñas se producirá a un precio relativamente bajo, “un precio residual”.

Cupo de 20 MW para la FIT

El esquema de feed-in tariff (FIT) no desaparece, sino que incorpora varias modificaciones.

En la actualidad, existen en el país luso dos esquemas distintos de tarifa para instalaciones de energías renovables, al que se acogen principalmente sistemas fotovoltaicos pero también en menor medida instalaciones de otras tecnologías como la eólica.

Por un lado, las instalaciones más pequeñas (hasta 3,68 kilovatios por lo general) pueden acogerse a un esquema de tarifa por un plazo de 15 años, llamado de microproducción. La tarifa vigente para las instalaciones adjudicadas este año es de 66 €/MWh los primeros ocho años y 145 €/MWh los siete años siguientes. 

Por otro lado, las instalaciones de energías renovables con una potencia de hasta 250 kilovatios pueden acogerse a un esquema de subastas de miniproducción, cuyo precio de referencia este año se sitúa en 151 €/MWh. 

El cupo en conjunto de adjudicaciones bajo ambos esquemas se situaba este año en 41,8 megavatios.

El decreto-lei establece un cupo anual para las nuevas instalaciones de energías renovables bajo el esquema de tarifa de hasta 20 MW. Esta cuota, llamada de “Unidades de Pequeña Producción”, se revisará con carácter anual y será la Dirección General de Geología y Minas la que hasta el 31 de diciembre publique el cupo para el año siguiente. La nueva regulación establece que el esquema de tarifa se rija siempre por procesos de subasta.

Tres tipos de instalaciones

Otra novedad es que en el esquema de tarifa se contemplan tres tipos de instalaciones: las instalaciones solo de energías renovables, las instalaciones de energías renovables que estén asociadas a un punto de recarga de vehículos eléctricos y las instalaciones de energías renovables que estén asociadas a instalaciones de energía solar térmica.

Los esquemas de microproducción y minigeneración, bajo el que se han realizado unos 100 megavatios y unos 50 megavatios fotovoltaicos aproximadamente hasta la fecha, dejarán de ser accesibles para nuevas instalaciones a partir de 90 días después de la publicación del decreto-lei 153/2014 de 20 de octubre.

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